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Los animalistas de Málaga denuncian el uso de herbicidas peligrosos para la salud de los animales

Los animalistas de Málaga denuncian el uso de herbicidas prohibidos en los alcorques de algunas zonas urbanas de la ciudad con el fin de matar a las malas hierbas. La concentración de estos productos tóxicos supone una auténtica amenaza para la salud de los animales, así como para la supervivencia de las raíces de los árboles que se encuentran en dichos alcorques.

Desde hace semanas los animalistas de Málaga muestran su preocupación por el posible uso de herbicidas prohibidos en las zonas urbanas de la ciudad. El Ayuntamiento de Málaga estaría usando este tipo de producto tóxico para acabar con las malas hierbas que ocupan su espacio en los alcorques de muchos árboles de las calles andaluzas. El uso de estas sustancias significaría una amenaza real para la salud de los animales que se aproximen a la zona.

La suposición se ha confirmado tras haber recogido muestras de los alcorques y haberlas analizado posteriormente. Nacho Romera, animalista andaluz, y Begoña Medina, concejala de medio ambiente del PSOE, han podido acceder a las pruebas realizadas en un laboratorio donde se ha confirmado la concentración del 29% de oxifluoren, un herbicida prohibido por el daño que causa en la salud de los animales y en las raíces de los propios árboles.

Animalados

Nacho Romera nos explica que el Ayuntamiento de Málaga está incumpliendo el artículo 16 del Reglamento Orgánico de Pleno (ROP) tras la contratación de Conacon para acabar con las malas hierbas mediante herbicidas prohibidos. Según recoge el pliego de prescripciones técnicas para la conservación y el mantenimiento de las zonas verdes y arboledas en su artículo 7.4.6.2: “queda expresamente prohibido el empleo de formulados químicos para el control de malas hierbas en alcorques”.

El Ayuntamiento de Málaga no se ha pronunciado de manera clara sobre el tema, aunque sí que ha pedido explicaciones a la empresa responsable de los hechos tras recibir la denuncia por parte de los animalistas. Desde Conacon, empresa responsable de acabar con las malas hierbas de los árboles, se niegan los hechos rotundamente.

La parte animalista lo tiene claro y está esperando a que el Ayuntamiento tome cartas en el asunto de manera seria. La parte acusadora considera que tiene pruebas concluyentes, y además, son conscientes de que la obtención de los herbicidas ilegales queda registrado en los almacenes de las empresas proveedoras.

Las consecuencias de estas negligencias repercutirían directamente en los animales, poniendo en riesgo sus vidas. Cualquier peludo que se aproxime a la zona intoxicada para orinar o simplemente a olisquear podría poner en serio riesgo su vida. Nacho Romera, como animalista y ecologista, opina que: “Este tipo de actuaciones deben ser perseguidas por todos los que amamos a los animales y vemos que este tipo de acciones ponen en riesgo su salud”.

En la comunidad valenciana perros de razas consideradas potencialmente peligrosas podrán participar en cacerías

Juristas y entidades animalistas contrariados ante las inminentes modificaciones sobre una Ley de Caza muy reciente.

El texto jurídico, firmado el 14 de Junio pasado por Elena Cebrián, dice en su artículo tercero punto primero: “Queda prohibido (…) el empleo de perros de presa en todo el periodo”[1]. Usar perros de presa para cazar entraría en conflicto con la ley 50/99 sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y su trasposición valenciana el decreto 16/2015 que regula las obligaciones de la tenencia y conducción de PPP. Llevar bozal, permanecer atados con correas de no más de metro y medio de largo, no llevar por persona más de uno a la vez y la prohibición de su adiestramiento para estimular su agresividad son algunas de las restricciones que deberían contravenir los cazadores si desean servirse de estos perros en su actividad.

Los animalistas llevan algo menos de dos décadas denunciando la inoportunidad de la ley 50/99 también llamada de los PPP y ven en el cambio de rumbo de la Consellera de Agricultura un doble rasero difícil de tolerar. La misma persona que firmó el veto y que en el pasado había hecho declaraciones sobre la necesidad de implementar más y mejores normas de protección animal promueve el cambio. Hay dos datos relevantes: cuatro de cada diez perros maltratados, robados o abandonados son cazadores y las perreras están saturadas de perros de razas potencialmente peligrosas[2]. Si se añaden ambos factores de riesgo se incrementarán los datos que los sitúan en la cabeza del ranking de abandonos[3].

La necesidad de apoyos para aprobar los presupuestos parece que ha empujado a Elena Cebrián a desoír las recomendaciones de distintas instancias judiciales que desaconsejan la medida, Abogacía de la Generalitat i el Consell Jurídic Consultiu han mostrado serias dudas sobre la legalidad de los cambios y en última instancia invitan a que se condicione su continuidad al análisis de las consecuencias. Con las imágenes aún frescas en la retina en las que dos perros que, a instancias de su dueño, destrozan a un jabato en el municipio valenciano de Simat de Valldigna la decisión de Elena Cebrián da pie a la polémica.

[1] http://www.dogv.gva.es/portal/ficha_disposicion.jsp?L=1&sig=005975%2F2018

[2] https://www.lavanguardia.com/vida/20180826/451460855373/protectoras-de-animales-denuncian-colapso-y-aumento-de-perros-peligrosos.html

[3] https://www.fundacion-affinity.org/observatorio/whitepaper-estudio-sobre-abandono-y-adopcion-de-animales-de-compania-2018

El Código Penal endurece las penas por maltrato animal

La Comisión de Justicia en el Congreso aprobó hoy una batería de enmiendas al Código Penal para endurecer las penas por maltrato animal y zoofília. 

Esta consiste en añadir ciertos cambios en las categorías de los animales, en las conductas consideradas delictivas incluyendo la explotación sexual, en circunstancias consideradas agravantes, en  el aumento de las penas, entre otras materias. Estas enmiendas fueron impulsadas por la APDDA, la Asociación Parlamentaria por la Defensa de los Animales, compuesta por cargos electos de todas las formaciones políticas. La APDDA considera que la aprobación es un avance histórico para unas propuestas que llevaban reivindicando desde hace más de dos décadas. 

El coordinador de la Asociación, Chesus Yuste, ha mostrado su satisfacción y ha remarcado que se ha conseguido «explicar que el maltrato animal es grave en sí mismo, por el daño que hace a los animales, pero también es grave y peligroso para nuestra sociedad y nuestras familias pues se trata de tipos de violencia estrechamente relacionadas, especialmente en sus ejecutores».

Según la asesora de la APDDA en materia de Derecho Animal, Anna Mulá, «si comparamos el Código Penal que tenemos con el que podría aprobarse según estas enmiendas, el alcance de esta tramitación sería un avance histórico que pone a España en el mapa de Europa en la materia de las penas por maltrato animal».

Comparativamente se pueden explicar cuáles son los puntos claves de la modificación, como se ha hecho en un informe publicado hoy por la Asociación de parlamentarios animalistas.

Las diferencias más sustanciales son: 

1) Se amplían substancialmente las categorías de los animales objeto de protección penal, añadiendo a los ya animales domésticos y amansados, los animales habitualmente domesticados, los animales que viven bajo el control humano y los animales que no vivan en estado salvaje.

2) Se añade una nueva conducta delictiva al tipo general consistente en la explotación sexual de los animales, con independencia de que se causen lesiones que menoscaben gravemente su salud o la muerte del animal. Esto podría incluir la zoofilia y el bestialismo, la agresión y el abuso sexuales, el proxenetismo, etc.

3) Se incorpora a la pena de prisión y a la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, la pena de inhabilitación para la tenencia de los animales. 

El actual código penal prevé penas privativas de derechos para el condenado por maltrato animal que lo inhabilita para desempeñar su empleo o comercio con animales, de tal manera que solo contempla los supuestos en que el maltratador realiza el acto delictivo en el marco de una relación laboral (por ejemplo criador de perros, venta de animales, domador, veterinario, personal del zoológico, etc.). Ahora, el código penal añadiría la prohibición de tenencia de animales con carácter general, alcanzando a cualquier supuesto de posesión temporal o permanente del animal. La inhabilitación para la tenencia de animales incluye a los animales contemplados anteriormente, así como a cualquiera otros que se encuentren en espectáculos no autorizados legalmente.

4) Se aumentan las penas por maltrato animal cuando concurran las siguientes circunstancias agravantes:

– Se utilizan armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal. 

– La conducta se produce con ensañamiento, es decir, si en el maltrato se persiguen acrecentar de forma deliberada el dolor y el sufrimiento del animal.

– Se causa al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.

– Los hechos se han ejecutado en presencia de un menor de edad.

– Sobreviene la muerte del animal.

5) Fuera de los supuestos anteriores, se aumenta la pena de multa del maltrato cruel a los animales domésticos o a cualquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente, y se añade la pena que conlleva la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

6) Respecto al abandono de animales, se engloban expresamente en dicha conducta a todosl los animales mencionados en los apartados anteriores, se incrementa la pena de multa y se añade la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales. y por último, se añade que durante la libertad vigilada, el juez puede imponer la participación del sujeto a programas de protección de los animales.

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