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Investigado un alcalde de Asturias por un delito ecológico que afecta gravemente a especies en peligro de extinción

El alcalde de Cangas del Narcea está siendo investigado por delito ecológico por unas obras que afectan gravemente al Parque Natural de Fuentes de Narcea y a sus especies protegidas. El Ayuntamiento estaba ejecutando las obras sin ningún tipo de autorización ambiental.

El alcalde de Cangas del Narcea ha sido citado el próximo 16 de febrero a declarar como investigado ante el Juzgado de lo Penal e Instrucción número 1 de Cangas de Narcea. Se trata de un juicio por delito ecológico como consecuencia de unas obras de aterramiento y por la construcción de una pista que ha afectado gravemente a una zona de alto valor ecológico situada en el Parque Natural de Fuentes de Narcea, Degaña e Ibias, en Asturias.

El Fondo para la Protección de los Animales Salvajes (FAPAS) descubrió en una zona protegida de alto valor ecológico, la realización de unas obras que estaban alterando gravemente los ecosistemas naturales del Parque Natural y las especies en peligro de extinción que lo habitan. Todo esto fue comunicado por dicha asociación al Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA).

“Esta obra se está produciendo en una zona de alto valor ambiental, una zona muy protegida. Son espacios que requieren un estudio profundo y una autorización ambiental para poder realizar obras. Tristemente, la mayoría de las personas piensan que los niveles de protección de los ecosistemas son una exageración y no tiene mayor importancia. En los ayuntamientos prevalece más el tema votos que la conservación medioambiental. Osos, corzos y otros animales en protección propios de la Cordillera Cantábrica se ven gravemente afectados por este tipo de obras”, explica para Animalados Roberto Hartasánchez, presidente de FAPAS desde 1982.

«En los ayuntamientos prevalece más el tema votos que la conservación medioambiental»

Tal y como informan desde FAPAS, unas pequeñas sendas que configuraban una zona de paso de fauna de la zona y con importantes valores ecosistémicos estaban siendo destruidas por la construcción de una pista forestal. Estas acciones humanas estaban alterando el equilibrio ecológico del Parque Natural de Fuentes de Narcea.

Además, FAPAS pudo comprobar que tanto la guardería como los cuerpos y fuerzas de seguridad no tenían conocimiento de dichas obras. El Ayuntamiento de Cangas del Narcea estaba ejecutando las obras sin un estudio ambiental y no constaba ninguna autorización ambiental para la ejecución de las mismas.

Según la opinión de Eduardo Gil, abogado ambientalista y letrado del FAPAS en el presente procedimiento “el presente caso debe servir de precedente para crear conciencia de la necesidad de preservar los valores ambientales de las zonas legalmente protegidas, y de sancionar las obras que no cuenten con las correspondientes autorizaciones ambientales, y que ejecuten de manera ilegal tanto los particulares, como en el presente caso, las propias administraciones públicas y entes locales”.

Tras la investigación y el atestado del SEPRONA, la Fiscalía del Principado de Asturias procedió a instruir las oportunas diligencias y presentar una denuncia por los presentes hechos ante el órgano jurisdiccional competente. FAPAS se ha personado para solicitar, entre otras cosas, la restauración del daño causado y la reposición de los hábitats y ecosistemas naturales al estado previo del inicio de las obras.

Rescatan a un gatito con una semana de vida abandonado en una papelera en Zamora

La asociación animalista Defensa Animal Zamora (DAZ) recibió el aviso de una pareja y rescató al animal de dentro de una papelera. La supervivencia del felino se antoja complicada sin la compañía de su madre.

Los delitos de maltrato animal no cesan en España. El pasado fin de semana la asociación Defensa Animal Zamora rescató a un felino de una semana de vida tras recibir el aviso de una pareja que había escuchado el maullido de un gato dentro de una papelera situada en la Plaza de Santo Tomás, en Zamora. “Probablemente alguien pasó, lo tiró y siguió con su vida, sabiendo que las posibilidades básicamente eran morir de frío, de calor, de inanición o aplastado por el golpe de algo que alguien tirara en la papelera sobre él. Cómo se puede ser tan cruel. No podemos entender ni mínimamente las personas que tenemos un mínimo de empatía”, comenta la asociación a través de sus redes sociales.

Según Defensa Animal Zamora (DAZ), la pareja que encontró al animal abandonado en la papelera se esperó hasta que miembros de la asociación llegaron al lugar de los hechos y de ahí trasladaron al cachorrito a una casa de acogida de lactantes. Posteriormente, los miembros de DAZ volvieron a la zona donde se había producido el abandono para comprobar si en las papeleras cercanas había más gatitos, pero no vieron nada más.

Animalados ha hablado con Defensa Animal Zamora, quienes han detallado que «Ahora mismo el animal está en una casa de acogida de lactantes porque tiene unos diez días de vida y requiere cuidados constantes, además cuando el abandono se produce en esta edad la situación es crítica debido a que los cachorros les cuesta acostumbrarse a la leche y a comer de una tetina de biberón y no de la teta de la madre. Es más difícil que cuando son abandonados el mismo día del nacimiento».

Desde la asociación zamorana piden colaboración para identificar a la persona responsable del abandono: “No conseguimos entenderlo… y nada cambia, siguen sucediendo las mismas barbaridades. Si alguien sabe quién ha llevado a cabo semejante acto de crueldad, rogamos que contacte con nosotros para trasladarnos la información de la que disponga, se trata de un delito de maltrato animal que debe ser castigado, aunque ya sabemos cómo funciona la justicia animal en este país…”.

Desde DAZ tienen claro que «si tuviéramos idea de quien fue el responsable llegaríamos hasta el final a nivel judicial, en Zamora por fortuna estamos logrando condenas penales por maltrato animal y aunque aún son muy leves, al menos acaban sentados frente a un juez y condenados».

El pequeño cachorro de gato afortunadamente fue encontrado con vida, pero según explica la asociación animalista Defensa Animal Zamora: “Ojalá el animal salga adelante, pero la realidad es que sin su mamá lo tiene difícil a muchos niveles. Os iremos informando de todo. El gato no está destetado todavía, así que necesita muchísimo cuidado y atención”.

Para terminar, DAZ ha querido lanzar un mensaje claro para el responsable o los responsables del delito: “Nuestro desprecio más absoluto hacia quien o quienes hayan tratado la vida de este individuo como si fuera basura, eso, sin duda alguna, lo son ellos”.

¿Por qué sale prácticamente gratis maltratar animales?

El pasado mes de agosto vivimos el desgarrador caso de maltrato animal sufrido por un perro en el municipio lanzaroteño de Teguise. El can, llamado Timple, murió tras ser amordazado y asfixiado por dos personas que, a pesar de la gravedad de los hechos, fueron condenadas a tan solo cuatro meses de cárcel y dieciséis meses de prohibición para la tenencia de animales.

La historia de Timple consiguió una gran repercusión mediática y conmovió de manera especial a los propios vecinos de Teguise. Decenas de habitantes del municipio canario, acompañados por asociaciones protectoras de Lanzarote, acogieron una emotiva despedida para el perro bajo el lema “Que su muerte no haya sido en vano y se consiga cambiar la Ley de Protección de los Animales”.

Lamentablemente, el espeluznante caso de Timple no corresponde a un suceso aislado de maltrato animal dentro de la sociedad española. La realidad es que existen numerosas historias en las que se ha producido un delito por maltrato, los culpables son condenados y el castigo ha sido excesivamente nimio. Desde Animalados hemos hablado con dos expertas en derecho animal para profundizar sobre este tema.

«Cada vez son más visibles los casos de maltrato animal»

Cristina Bécares ejerce como abogada especializada en Derecho Animal, Derecho de Familia y Derecho Penal. Ha participado en numerosos casos de maltrato animal, algunos de ellos muy relevantes como el asesinato de Benito, un perro de Bilbao que murió estrangulado y pisoteado a los cinco meses de ser adoptado. Cristina tiene muy claro que “la historia de Timple ha sido terrible y la condena impuesta a los responsables ha sido mínima”, eso sí, considera que “este caso ha servido para dar visibilidad a la realidad que se vive en los juzgados”.

Para la abogada catalana, unos de los principales problemas es que “en muchos casos de maltrato, la voz del animal queda únicamente defendida por parte del Ministerio Fiscal”, algo que sucede debido a que “en este tipo de episodios con animales, normalmente no hay una acusación particular o popular y, consecuentemente, el único que pedirá pruebas y acusará será el propio Ministerio Fiscal”.

Sobre la condena impuesta a Timple, Bécares afirma que “corresponde con lo que prevé la legislación actual”, ahora bien, “no hace ni mucho menos justicia a los hechos cometidos por los condenados”. Para la experta en derecho animal, «el castigo podría haber sido superior en el caso que hubiera intervenido alguna acusación más allá del Ministerio Fiscal, pudiendo pedir la práctica de más pruebas y acusando por penas superiores”.

Cristina comenta que “la historia de Timple no es un caso aislado”, al contrario, “cada vez son más visibles los casos de maltrato animal y tienen más presencia en los juzgados que años atrás. Durante el año 2019 se incoaron 1090 procedimientos judiciales por delitos de maltrato animal en todo el Estado, algunos están a la espera de sentencia y otros, como ha pasado con Timple, se resolvieron con juicio rápido”.

La licenciada en derecho explica que «desde la Asociación DAP (Defensa Animal Profesional), una asociación formada por abogados y profesionales creada en 2017, se están personando en procedimientos judiciales relacionados con delitos de maltrato animal”. El objetivo principal de esta acción es “poder pedir medios de prueba para conseguir acusar pidiendo las máximas penas de prisión, evitando así el archivo de los casos o situaciones como las de Teguise”.

Bécares considera que el único problema no es que las sentencias por maltrato animal sean flojas, sino que “el marco legal que tenemos actualmente, prevé penas de prisión entre 3 meses y un día en un prisión en el tipo básico, y en el peor de los casos de entre 6 y 18 meses en casos de resultado de muerte, como pasó con Timple. Este hecho, junto a la falta de acusaciones más allá de la Fiscalía, provoca que en muchas ocasiones encontremos sentencias mínimas o absoluciones”.

Finalmente, Cristina Bécares nos dice que “hace falta modificar nuevamente el Código Penal para que haya un endurecimiento real de las penas por maltrato animal”. A la vez, considera que actualmente “existen propuestas interesantes como la presentada desde INTERCIDS, para promover la modificación de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, de manera que siempre que haya un caso de maltrato animal en la vía penal, se active la designación de un abogado del turno de oficio para defender los intereses del animal-víctima”.

“Los delitos por maltrato animal están penados a la baja»

Anna Estarán es Abogada Especialista en Derecho Animal y Coordinadora del Área Legal de la Fundación FAADA. Para ella el caso de Timple “no es único, pero ha tenido más repercusión mediática”, un hecho que considera “necesario para visibilizar estos casos de gran crueldad que por desgracia nos estamos encontrando diariamente”. Sobre la condena Anna comenta que “fue una conformidad con la fiscalía porque no había acusaciones personadas y, por tanto, se negoció una pena baja. Bajo mi punto de vista, el castigo fue muy flojo teniendo en cuenta la crueldad de los hechos”.

Estarán dice que “por desgracia los casos de maltrato animal son habituales y cada día nos llegan casos de animales en los balcones, maltrato por omisión que consisten en no dar agua, comida o atención veterinaria, agresiones físicas… Recientemente nos hemos personado en un procedimiento como acusación popular, en el que el propietario de un perro, junto a otra persona, lo torturó hasta matarlo y lo grabaron en un video”.

Desde el punto de vista de la Coordinadora del Área Legal de FADDA, “los delitos por maltrato animal están penados a la baja. Para empezar, el Código Penal recoge el maltrato “injustificado” a un animal, la cual cosa ya demuestra un error de base, ya que no hay maltrato justificado. No se le da la debida importancia a este tipo de delitos, esto es a causa de la consideración que se tiene de los animales en la sociedad, donde se les ha utilizado como simples objetos. Sin ir más lejos, los animales de granja son sistemáticamente torturados y usados para alimentar”.

Sobre la posibilidad de un endurecimiento de las penas por maltrato, Anna afirma que “actualmente la sociedad es más empática con los animales y reclama derechos para ellos. Esto provocará que los estamentos políticos busquen dar respuesta a la necesidad de la población y se acabe reformando el Código Penal”.

Para acabar, Anna considera que la creación de la Dirección General de Derechos de los Animales “es un gran paso, pero a nivel práctico ve complicado que pueda llevar a cabo todo lo necesario para una mejor situación de los animales. Es una dirección que depende del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, pero poco tiene que ver con animales y no dispone de personal funcionario”.

A pesar de ello, Anna Estarán confía en la palabra del director Sergio García, quien se comprometió públicamente a cambiar el estado jurídico de los animales. La abogada cree que “es urgente la aprobación de una Ley Marco de Protección Animal, una Ley de Tenencia de Perros, como en Italia, eliminar la ley de los perros considerados potencialmente peligrosos y una modificación del Código Penal que incluya, entre otros, los animales que viven en libertad, el aumento de penas de cárcel y perfilar cuestiones de la redacción actual que no se tuvieron en cuenta a nivel práctico”.

El Código Penal endurece las penas por maltrato animal

La Comisión de Justicia en el Congreso aprobó hoy una batería de enmiendas al Código Penal para endurecer las penas por maltrato animal y zoofília. 

Esta consiste en añadir ciertos cambios en las categorías de los animales, en las conductas consideradas delictivas incluyendo la explotación sexual, en circunstancias consideradas agravantes, en  el aumento de las penas, entre otras materias. Estas enmiendas fueron impulsadas por la APDDA, la Asociación Parlamentaria por la Defensa de los Animales, compuesta por cargos electos de todas las formaciones políticas. La APDDA considera que la aprobación es un avance histórico para unas propuestas que llevaban reivindicando desde hace más de dos décadas. 

El coordinador de la Asociación, Chesus Yuste, ha mostrado su satisfacción y ha remarcado que se ha conseguido «explicar que el maltrato animal es grave en sí mismo, por el daño que hace a los animales, pero también es grave y peligroso para nuestra sociedad y nuestras familias pues se trata de tipos de violencia estrechamente relacionadas, especialmente en sus ejecutores».

Según la asesora de la APDDA en materia de Derecho Animal, Anna Mulá, «si comparamos el Código Penal que tenemos con el que podría aprobarse según estas enmiendas, el alcance de esta tramitación sería un avance histórico que pone a España en el mapa de Europa en la materia de las penas por maltrato animal».

Comparativamente se pueden explicar cuáles son los puntos claves de la modificación, como se ha hecho en un informe publicado hoy por la Asociación de parlamentarios animalistas.

Las diferencias más sustanciales son: 

1) Se amplían substancialmente las categorías de los animales objeto de protección penal, añadiendo a los ya animales domésticos y amansados, los animales habitualmente domesticados, los animales que viven bajo el control humano y los animales que no vivan en estado salvaje.

2) Se añade una nueva conducta delictiva al tipo general consistente en la explotación sexual de los animales, con independencia de que se causen lesiones que menoscaben gravemente su salud o la muerte del animal. Esto podría incluir la zoofilia y el bestialismo, la agresión y el abuso sexuales, el proxenetismo, etc.

3) Se incorpora a la pena de prisión y a la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, la pena de inhabilitación para la tenencia de los animales. 

El actual código penal prevé penas privativas de derechos para el condenado por maltrato animal que lo inhabilita para desempeñar su empleo o comercio con animales, de tal manera que solo contempla los supuestos en que el maltratador realiza el acto delictivo en el marco de una relación laboral (por ejemplo criador de perros, venta de animales, domador, veterinario, personal del zoológico, etc.). Ahora, el código penal añadiría la prohibición de tenencia de animales con carácter general, alcanzando a cualquier supuesto de posesión temporal o permanente del animal. La inhabilitación para la tenencia de animales incluye a los animales contemplados anteriormente, así como a cualquiera otros que se encuentren en espectáculos no autorizados legalmente.

4) Se aumentan las penas por maltrato animal cuando concurran las siguientes circunstancias agravantes:

– Se utilizan armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal. 

– La conducta se produce con ensañamiento, es decir, si en el maltrato se persiguen acrecentar de forma deliberada el dolor y el sufrimiento del animal.

– Se causa al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.

– Los hechos se han ejecutado en presencia de un menor de edad.

– Sobreviene la muerte del animal.

5) Fuera de los supuestos anteriores, se aumenta la pena de multa del maltrato cruel a los animales domésticos o a cualquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente, y se añade la pena que conlleva la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

6) Respecto al abandono de animales, se engloban expresamente en dicha conducta a todosl los animales mencionados en los apartados anteriores, se incrementa la pena de multa y se añade la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales. y por último, se añade que durante la libertad vigilada, el juez puede imponer la participación del sujeto a programas de protección de los animales.

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