Investigadas 58 personas por mutilar orejas y rabos a más de mil perros de caza en Andalucía

El veterinario que justificaba en las cartillas sanitarias de los perros los cortes de orejas y rabos ha sido detenido por un supuesto delito de falsedad documental y por un delito de maltrato animal.

Nuevo capítulo de maltrato animal en el mundo de la caza. La Guardia Civil, en el marco de la operación “Raviches-Severed Ear”, ha investigado a 58 propietarios de rehalas de perros por haber mutilado ilegalmente a 1.111 perros a los que cortaron las orejas y los rabos en Almería, Granada, Málaga, Jaén, Córdoba y Sevilla.

En dicha operación ha sido detenido un veterinario de Úbeda (Jaén) como presunto autor de un delito continuado de falsedad documental y otro relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos por maltrato animal.

El veterinario detenido daba cobertura legal a las mutilaciones que realizaban los propietarios de los perros de caza anotando en las cartillas sanitarias de los animales “Corte de orejas y rabo por funcionalidad bajo anestesia”, sin haber visto a ninguno de estos perros y sin aportar un informe que justificara estas mutilaciones.

Perros con orejas y rabos mutilados en varias provincias de Andalucía

La investigación del Seprona comenzó hace una año con dos inspecciones a una rehala de perros en las localidades granadinas de Picena y Domingo Pérez. Los agentes encontraron a 26 perros con el rabo y las orejas cortadas. Estas mutilaciones estaban justificadas de manera ilegal por un veterinario de Úbeda sin que apareciera ningún documento especificando las causas veterinarias para estas operaciones quirúrgicas.

A su vez, otra patrulla del Seprona de la localidad sevillana de Cazalla de Sierra encontró varias rehalas de perros con los mismos cortes de rabo y orejas. En este caso, los agentes sospecharon porque los perros eran cachorros y la fecha de intervención que figuraba en sus cartillas estaba muy alejada en el tiempo, siendo incompatibles las lesiones que presentaban ya que se veían muy recientes.

Tras estas investigaciones, las patrullas del Seprona de Granada y de Sevilla decidieron coordinar sus esfuerzos y mientras la patrulla granadina inspeccionó la zona oriental de Andalucía, la sevillana inspeccionó la occidental. En total se han inspeccionado más de 2.000 perros y se han descubierto 1.111 animales presuntamente mutilados ilegalmente por sus propietarios.

Por ello, se han investigado a 58 personas como presuntas autoras de los delitos continuados de maltrato animal, de falsedad documental y de intrusismo profesional. De estos 58 investigados, 15 proceden de la provincia de Granada, 18 de Jaén, 12 de Sevilla, 6 en Córdoba, 4 en Almería y 3 en Málaga.

Además de la irregularidades relacionadas con las cartillas sanitarias y las intervenciones de los canes, el Seprona también ha constatado que las instalaciones de la clínica veterinaria no estaban preparadas para realizar este tipo de intervenciones con unas mínimas garantías.

Mutilaciones de rabos y orejas: una práctica tradicional e ilegal de los cazadores

El corte de orejas y rabos en perros de rehala es una práctica tradicional realizada por los mismos propietarios para evitar que las zarzas u otros arbustos dañen a los animales durante la caza. Sin embargo, esta práctica quirúrgica quedó totalmente prohibida el 1 de febrero de 2018, cuando entró en vigor en España la ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre protección de animales de compañía.

Por tanto, actualmente Están terminantemente prohibidas las mutilaciones de animales realizadas por motivos estéticos o sin utilidad alguna. La amputación de cualquier miembro o apéndice del animal debe estar debidamente justificada por motivos de clínica veterinaria y la práctica de tales amputaciones debe quedar reflejada en informe justificativo, que deberá conservarse en el historial clínico del animal, debiendo realizarse por un veterinario con las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas.

El delito de maltrato animal con lesiones está castigado con penas de hasta 18 meses de prisión o multa de hasta 12 meses. En todos los casos se establece la pena de inhabilitación para tenencia, profesión, oficio o comercio que tenga que ver con los animales. Además, hay circunstancias agravantes que podrían elevar la pena por encima de los dos años y provocar la entrada en prisión del que lo cometa.

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